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Cosas a tener en cuenta para hacer la declaración de la renta de 2021

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campanya renda
21/03/2022

El Ministerio de Hacienda ya ha hecho públicos los plazos de presentación de la renta correspondientes al ejercicio 2021. ¿Qué cambios presenta en relación con la del ejercicio anterior? ¿Qué hay que tener en cuenta a la hora de hacerla?

Novedades de la campaña de la renta 2021

En principio no presenta grandes novedades respecto de ejercicios anteriores. A grandes rasgos, podríamos decir que hay dos que destacan: 

Incremento del número de tramos

La renta es un impuesto progresivo, lo que quiere de decir que a más rendimiento a declarar, más porcentaje de impuesto toca pagar. Estos rendimientos y el pago correspondiente se concreta en distintos tramos. El cambio ha consistido en añadir un nuevo tramo a la base general que afecta a las rentas más altas, concretamente a partir de 300.000 €. En relación con la base de ahorro, donde se colocan principalmente los rendimientos del capital mobiliario y las ganancias y pérdidas patrimoniales procedentes de la transmisión de elementos patrimoniales, también se ha añadido un tramo a las rentas más elevadas. A pesar de todo, podemos decir claramente que a la "mayoría de mortales" este añadido de tramos más elevados les pasará totalmente desapercibido. 

Desgravaciones de aportaciones a los planes de pensiones

Conviene explicar que tot aquel que hace una aportación a un plan de pensiones obtiene una reducción en la base imponible de su impuesto. Este mecanismo ha premiado a todos aquellos ahorradores que querían y se podían permitir hacer aportaciones a este tipo de productos. Par la declaración del año 2021, el límite máximo de aportación sobre el cual se puede aplicar este beneficio queda fijado en solamente 2.000 euros anuales. Esta reducción da continuidad a la línia iniciada años atrás. Eso implica que el ahorro fiscal a través de esta vía queda reducido a una importancia muy relativa respecto al que se podía obtener en ejercicios anteriores, cuando se permitían aplicar beneficios de 8.000 y 10.000 euros anuales.

Temas a tener en cuenta

Conviene advertir de la necesidad de declarar los rendimientos de las operaciones obtenidos con criptomonedas. Si bien eso no es ninguna novedad de la presente declaración, sí que es necesario saber que Hacienda cada vez controla más las operaciones que se realizan con estos activos financieros, y por lo tanto, no declarar estas operaciones es cada vez más complicado. A modo de recordatorio, decir que las operaciones con criptomonedas se declaran en la renta en el momento de convertirlas a euros, por la ganancia o la pérdida que haya podido haber generado la variación del calor. Si no se saca el dinero virtual, desde el punto de vista fiscal, estas monedas no tienen ningún valor real hasta que se convierte en euros, lo que implica que si no se convierten las criptomonedas a euros no será necesario tributar nada, de momento. 

Hay que recordar que en esta declaración de renta todavía se tendrán que tener en cuenta determinadas circunstancias derivadas de la pandemia de COVID-19. Entre obras, todos aquellos que hayan estado en ERTE es necesario que tengan presente que el Servicio Público de Ocupación cuenta como u pagador más y que les puede pasar como sucedió en la renda del 2020 que se vean obligados a presentar la declaración únicamente por este hecho. También relacionado con la pandemia, recordar que todos aquellos autónomos que hayan recibido ayudas por sus negocios las tendrán que incluir en la declaración y tributarán por estas percepciones.

Y para finalizar, es necesario poner en vaIor, no por el hecho de ser una novedad, sinó por el desconocimiento que a veces se tiene, del incentivo fiscal por hacer donativos a determinadas entidades sin finalidad lucrativa.  En estos casos, por los primeros 150 euros donados se puede obtener una desgravación del 80%, hecho que implica que, a efectos prácticos, la ONG en cuestión recibe 150 euros, y la persona que hace la renta obtiene una devolución de 120, de manera que el coste efectivo es solamente de 30 euros. Con incentivos como estos, es casi una obligación moral de cualquier ciudadano comprometido hacer algún tipo de aportación, especialmente en el escenario bélico que estamos viviendo actualment. Únicamente tener en cuenta, eso sí, que esta aportación hecha en el año 2022 no se desgravará hasta la renta que presentaremos en el 2023.

Calendario de la renta 2021

El plazo de presentación de la renta correspondiente al ejercicio 2021 va del 6 de abril hasta el 30 de junio de 2022. Unos días antes del inicio del período de presentación, todo aquel que lo desee se podrá descargar los datos fiscales desde la página web de la Agencia Tributaria. Es muy importante tener presente que es del todo necesario contrastar que toda esta información sea correcta y que no falten datos por incorporar.

Una vez presentada la declaración, en caso que el resultado sea a pagar y se haya optado por domiciliar el importe, este no se cobrará hasta el 30 de junio, aunque la declaración se haya presentado antes, teniendo en cuenta que existe la posibilidad de fraccionar el pago: un 60& el 30 de junio y el 40% restante el 7 de noviembre sin ningún coste para el contribuyente. En el caso que la declaración sea a favor nuestro, la devolución la practicará Hacienda estableciendo como plazo máximo para hacernos el ingreso el 31 de diciembre de 2022. Es necesario tener en cuenta, pero que, a parte del caso de las deducciones por maternidad, por familia numerosa y por discapacidades, si el resultado es a nuestro favor, no es que se nos regale nada, ya que básicamente es dinero que ya hemos avanzado vía retenciones.  
 

Jordi Rojas Donada, professor del grau en ADE de la Facultat de Ciències Socials de Manresa de la UVic-UCC 

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